Empresa
Qué se pone en la sección «Empresa» y qué obliga la ley a publicar en la web según el tamaño de la empresa. Aquí solo se tratan obligaciones que afectan al sitio web; las laborales y contables corresponden a los servicios jurídicos de la empresa.
El contenido de la sección
- Datos concretos: año de constitución, plantilla aproximada, superficie de las instalaciones y mercados donde se vende. Nada de «empresa joven y dinámica».
- Fotografía propia de las instalaciones y del equipo, no de banco de imágenes.
- Certificaciones con su alcance y su número.
- Contacto: dirección, teléfono, correo, horario y persona de referencia.
- Y las páginas legales que necesita cualquier web → paso 12.
Lo que hay que publicar en la web
| Qué | Quién | Dónde dice la norma que va | Norma |
|---|---|---|---|
| Información sobre el uso del canal interno de información (denuncias) | 50 trabajadores o más | En la página de inicio, en una sección separada y fácilmente identificable | Ley 2/2023, arts. 10.1.a) y 25 |
| Información sujeta a las obligaciones de transparencia | Cualquier empresa que reciba más de 100.000 € de ayudas o subvenciones públicas en un año, o que al menos el 40 % de sus ingresos anuales sean ayuda pública alcanzando 5.000 € | En la página web o sede electrónica, de forma clara, estructurada y entendible | Ley 19/2013, arts. 3.b) y 5.4 |
| Estado de información no financiera consolidado | Grupos que formulan cuentas consolidadas con más de 500 trabajadores de media que además sean entidad de interés público o cumplan dos criterios de tamaño | Gratis y fácilmente accesible en el sitio web, dentro de los seis meses siguientes al cierre y durante cinco años | Código de Comercio, art. 49 |
| Canales de atención a la clientela | Empresas y grupos que venden a consumidores con 250 personas o más, más de 50 M€ de facturación o más de 43 M€ de balance; y, sin límite de tamaño, quien presta servicios básicos de interés general | Vía postal, telefónica y electrónica, además del mismo canal por el que se contrató, con accesibilidad universal | Ley 10/2025, arts. 2 y 7 |
Lo que no hay que publicar, pero se puede
A partir de 50 personas aparecen otras obligaciones —plan de igualdad inscrito en el registro, medidas y protocolo LGTBI, auditoría retributiva, cuota de reserva del 2 %— que son laborales: la ley no pide colgarlas en la web.
| Obligación | A partir de | Norma | En la web |
|---|---|---|---|
| Plan de igualdad negociado e inscrito | 50 o más | LO 3/2007, art. 45.2; RD 901/2020 | Opcional |
| Auditoría retributiva | Con plan de igualdad | RD 902/2020, art. 7 | Opcional |
| Medidas y protocolo LGTBI | Más de 50 | Ley 4/2023, art. 15.1; RD 1026/2024 | Opcional |
| Cuota de reserva del 2 % | 50 o más | RDL 1/2013, art. 42 | Opcional |
Dejamos el sitio previsto por si la empresa quiere colgarlas, porque hay clientes que las piden al homologar proveedores. Publicar o no es decisión de la empresa. Existen además otras obligaciones laborales que no tienen ningún reflejo en la web y que quedan fuera de este documento.
Fuentes oficiales
- Ley 2/2023, de 20 de febreroProtección de las personas que informen sobre infracciones normativas. Arts. 10 y 25 y disposición transitoria segunda.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembreTransparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Arts. 3.b) y 5.4.
- Código de ComercioArt. 49, estado de información no financiera consolidado y su publicación en el sitio web.
- Ley 10/2025, de 26 de diciembreServicios de atención a la clientela. Arts. 2 y 7.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzoIgualdad efectiva de mujeres y hombres. Art. 45.
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubrePlanes de igualdad y su registro.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubreIgualdad retributiva. Art. 7.
- Ley 4/2023, de 28 de febreroDerechos de las personas LGTBI. Art. 15.1.
- Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubreMedidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembreDerechos de las personas con discapacidad. Art. 42.